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En las herencias en las que hay bienes inmuebles, la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad es el último paso del procedimiento.
Una vez presentada la escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente el registrador en el plazo máximo de 15 días hábiles inscribirá el documento. Nos aseguramos que la escritura de aceptación y adjudicación de herencia se inscriba en el registro de la propiedad correspondiente y si existe algún defecto registral en relación a la realidad física o jurídica de algún inmueble de la herencia nos encargamos de subsanarlo.
TRAMITACION REGISTRAL
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